Cómo actúa el Consorcio de Compensación de Seguros ante un temporal como Filomena

Cómo actúa el Consorcio de Compensación de Seguros ante un temporal como ‘Filomena’

En los últimos días hemos recibido múltiples llamadas a raíz de los daños ocasionados por el temporal ‘Filomena’. Principalmente sobre las dudas surgidas sobre la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros, que actúa ante determinadas catástrofes naturales. Intentaremos solventarlas a través de este artículo.

En primer lugar, para que entre en vigor la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros el bien dañado debe disponer de una póliza de seguro en el momento en el que ocurra el siniestro y con la prima abonada.

Dentro de las catástrofes naturales cubiertas las nevadas no están incluidas en la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros. Por lo que los daños a bienes y personas derivados de nevadas como el temporal ‘Filomena’ carecerían de cobertura por parte del Consorcio. Habría que revisar el condicionado del producto contratado y ver si cubre este tipo de fenómenos naturales. Aunque habría una salvedad en el caso de las nevadas y es el posterior deshielo y las inundaciones que produce.

Qué cubre realmente

Dentro de los riesgos extraordinarios que sí tienen cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se encuentra por ejemplo las inundaciones, los embates de mar, las tempestades de viento que presenten rachas de velocidad superior a 120 km/h, los tornados o los terremotos. Por lo que en otras zonas de España, como en el sur, donde el temporal ha causado más daños por inundaciones o tempestades de viento sí tendrían esta cobertura.

Normalmente en el argot del sector se suele decir que el Consorcio cubre los daños de agua “que entran por el suelo”, para indicar que no responde ante las filtraciones de tejados, azoteas…

En este caso del temporal ‘Filomena’, sí tendrán cobertura por el Consorcio de Compensación de Seguros los daños derivados de la inundación del terreno por el deshielo y el consiguiente anegamiento. Suele ser común que con el deshielo las crecidas de los ríos produzcan inundaciones.

Cuándo se contacta con el Consorcio

Resulta necesario acudir al Consorcio en los casos de inundación por lluvias (anegamiento del terreno), deshielos y desbordamientos y de embate de mar. Pueden hacerlo directamente los asegurados o en su representación las entidades aseguradoras o nosotros, en Miranda Briales, como tu corredor de seguros. El contacto se realiza a través de la web www.consorseguros.es  o mediante el centro de atención telefónica gratuita 900 222 665.

En el caso de daños por viento, las compañías de seguro tienen un convenio con el Consorcio de Compensación de Seguros y se les puede declarar directamente los siniestros a ellas.

Para cualquier duda sobre las coberturas de seguro nos tenéis como siempre en nuestras oficinas de MB Correduría de Seguros donde podremos ver cómo enfocar mejor cada siniestro.

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