El principio lógico por el que se contrata un seguro para que cuando se produzca un siniestro se indemnicen los daños ocasionados, desafortunadamente no siempre se cumple. Año a año se incrementan los siniestros cuya resolución queda en el aire y que terminan encauzados por la vía judicial. Es en ese momento cuando el cliente toma conciencia de que la garantía para su defensa jurídica resulta irrisoria, cubriendo en algunas pólizas, como ha acentuado el Tribunal Supremo, apenas los 600 euros.

¿Sirve una defensa jurídica de 600 euros?

Según una sentencia del Tribunal Supremo esa cantidad se considera lesiva para el cliente

Existe un principio lógico por el que se contrata un seguro: que cuando se produzca un siniestro se indemnicen los daños ocasionados. Pero desafortunadamente esta máxima no siempre se cumple, teniendo que recurrir a la garantía de defensa jurídica. Año tras año se incrementan los siniestros cuya resolución queda en el aire y que terminan encauzados por la vía judicial. Es en ese momento cuando el cliente toma conciencia de que la garantía para su defensa jurídica resulta irrisoria, cubriendo en algunas pólizas, como ha acentuado el Tribunal Supremo, apenas los 600 euros.

Seguros inseguros

Desde un punto de vista más psicológico podríamos trasponer la garantía de la defensa jurídica dentro la mercadería turca que actualmente se produce en el sector asegurador. Ofertas pomposas con descuentos y con derecho de tanteo que se convierten en seguros volátiles y, valga la redundancia, en productos inseguros.

Como ha acuñado el filósofo Zygmunt Bauman, nos encontramos con una sociedad basada en «relaciones liquidas» en la que los vínculos y las responsabilidades cada vez se presentan más frágiles, y los seguros no iban a ser menos. Vender resulta el único valor, sin tener en consideración el principal objetivo: cubrir adecuadamente los riesgos de los clientes.

Tribunal Supremo

Esta misma semana el diario digital Confilegal se hacía eco de un pronunciamiento de la Sala Civil del Tribunal Supremo. Según publica, en una sentencia de 24 de febrero de 2021 (número 101/2021), el Supremo considera lesivo el límite de 600 euros de defensa jurídica en un seguro porque impide la libre elección de abogado y procurador.

La doctrina de la sentencia argumenta que una cobertura con una cantidad tan baja puede cercenar los derechos de los asegurados al impedir ejercer su derecho a la libre elección.

En este sentido, aunque el Supremo haya considerado 600 euros para la defensa jurídica una temeridad, otras cantidades comúnmente comercializadas como 1.000 o 1.500 euros tampoco garantizarían plenamente el principio de libre elección fijado en la Ley del Contrato de Seguro. Esta misma semana hemos sido testigos en MB Correduría de Seguros de un cliente que ha terminado optando por la vía judicial y que con la cobertura de 1.500 euros no alcanza la tarifa mínima del abogado y procurador.

Desde MB Correduría de Seguros insistimos en la necesidad de contratar seguros que realmente protejan nuestros bienes y servicios. Seguros que cuenten con las coberturas adecuadas y con una prima que se ajuste a la realidad.

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